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¿Qué sucede si recupero fondos de un tercero como resultado de mi lesión laboral?

Según la Ley de Compensación para Trabajadores de Nueva Jersey, el empleador o su compañía de seguros tiene derecho a recibir un crédito por cualquier monto que recupere de un tercero. La razón de esto es evitar la replicación de beneficios por la misma lesión e incapacidad. Cuando la cantidad bruta del arreglo de terceros es igual o mayor que la adjudicación total de los beneficios de compensación, la cantidad del crédito suele ser dos tercios de la cantidad que debe pagar el empleador menos $750.

Cuando el monto bruto del acuerdo con terceros es menor que la adjudicación total de los beneficios de compensación, el crédito suele ser dos tercios del monto bruto del acuerdo con terceros menos $750. En el caso de que los beneficios no hayan sido pagados, la cantidad que el empleador le debe se reducirá por la cantidad del crédito.

Otras preguntas frecuentes:

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Los abogados altamente competentes de Petrillo y Goldberg representan a clientes con reclamos por lesiones personales, reclamos de compensación laboral, casos de resbalones y caídas y víctimas de accidentes automovilísticos. Trabajamos para usted y nos tomamos en serio nuestro trabajo de obtener los mejores resultados posibles para usted.