Abogados de responsabilidad de locales de Pensilvania
Si resultó lesionado en un accidente automovilístico en Filadelfia o los condados circundantes, permítanos ayudarlo a buscar justicia.
Si sale por la puerta de su casa, lo más probable es que, en algún momento del día, ponga un pie en una propiedad comercial propiedad de una persona, una empresa o el gobierno. De hecho, su residencia, si la alquila, es una propiedad comercial. Otros ejemplos de propiedad comercial son los siguientes:
- Las tiendas donde compras;
- Los restaurantes donde comes;
- La oficina donde trabaja;
- La escuela a la que asisten sus hijos;
- El lugar donde obtienes tu café;
- El estadio donde ves a tu equipo favorito;
- El hospital donde recibe tratamiento; y
- La oficina del gobierno donde paga sus impuestos.
Un propietario, ocupante, inquilino o residente no propietario de una propiedad comercial tiene el deber de cuidar a las personas (que no son propietarias de la propiedad comercial) que se encuentran en esas propiedades. Deben hacer todo lo posible para prevenir y eliminar las condiciones que puedan causar daño a una persona en su propiedad inmobiliaria. Además, son legalmente responsables de mantener su propiedad y remediar cualquier condición peligrosa en las instalaciones comerciales.
Intrusos, licenciatarios e invitados.
En Pensilvania, el deber de un propietario u ocupante de una propiedad comercial hacia un tercero que ingresa a la propiedad depende de si ese tercero es un intruso, un licenciatario o un invitado.1
- Un intruso es una persona que entra o permanece en la tierra de otro sin derecho a hacerlo o sin el consentimiento o aprobación del propietario u ocupante.2
- Un licenciatario es una persona a la que se le permite entrar o permanecer en la tierra en virtud del consentimiento o aprobación del propietario o del ocupante.3, 4
- Los invitados se dividen en dos categorías: públicos o comerciales.
- Los invitados públicos son aquellos que están invitados a ingresar o permanecer en un terreno como miembros del público para un propósito por el cual el terreno se mantiene abierto al público como un parque.5
- Los visitantes de negocios son aquellos que son invitados a ingresar o permanecer en tierra por un motivo relacionado directa o indirectamente con los tratos comerciales del propietario u ocupante de las instalaciones.6
1 Ver Updyke v. BP Oil Company, 717 A.2d 546, 549-550 (Pa. Super. 1998).
2 Ver identificación. Ver también Reformulación (Segunda) de Torts § 329.
3 Id.
4 Véase Updyke, supra. Ver también Reformulación (Segunda) de Torts § 330.
5 Véase Updyke, supra. Ver también Reformulación (Segunda) de Torts § 332.
6 Id.
Los intrusos solo pueden recuperarse por lesiones si el propietario u ocupante de la propiedad "fue culpable de negligencia o mala conducta desenfrenada o deliberada".7 Es decir, si el poseedor del inmueble hizo algo mal. En cuanto a los licenciatarios, la parte lesionada solo puede recuperar si:
- (a) el poseedor conoce o tiene motivos para conocer la condición y debe darse cuenta de que implica un riesgo irrazonable de daño para dichos licenciatarios, y debe esperar que no descubran o se den cuenta del peligro, y
- (b) no ejerce un cuidado razonable para hacer que la condición sea segura, o para advertir a los licenciatarios de la condición y el riesgo involucrado, y
- (c) los licenciatarios no conocen o no tienen motivos para conocer la condición y el riesgo involucrado.8
Por último, en cuanto a los invitados, se les “debe el deber más alto que se le debe a cualquier persona que ingrese a la tierra”.9 En otras palabras, existe responsabilidad frente a un invitado si el poseedor del local:
- (a) sabe o por el ejercicio de un cuidado razonable descubriría la condición, y debe darse cuenta de que implica un riesgo irrazonable de daño para dicho invitado, y
- (b) deben esperar que no descubrirán o se darán cuenta del peligro, o no se protegerán contra él, y
- (c) no ejerce un cuidado razonable para protegerlos contra el peligro.10
7 Rossino, et. Alabama. contra RC Titler Construction, Inc., et. Alabama., 553 Pa. 168, 172, 718 A.2d 755 (1998)
8 Rossino, 553 Pensilvania en 172-3.
9 Swift contra el Hospital del Noreste de Filadelfia, 456 Pensilvania Súper. 330, 690 A.2d 719, 722 (1997).
10 Reformulación (Segunda) de Torts § 343.
La responsabilidad de eliminar los peligros dentro de un período de tiempo razonable y crear condiciones seguras para los visitantes que ingresan a la propiedad comercial con fines legítimos, ya sea con permiso o invitación, puede cubrir una variedad de condiciones potencialmente peligrosas, que incluyen, entre otras, las siguientes: hielo o nieve sin limpiar en los pasillos, condiciones estructurales, violaciones del código de construcción, sustancias tóxicas o la presencia de animales peligrosos.
Niños en la propiedad.
El deber antes mencionado se extiende a los niños que pueden ser intrusos, pero que se sienten atraídos por la curiosidad de investigar las condiciones peligrosas en una propiedad bajo la "Doctrina de la molestia atractiva". Esta doctrina afirma:
El poseedor de un terreno está sujeto a responsabilidad por daños corporales a niños pequeños que invadan el mismo causados por una estructura u otra condición artificial que mantenga sobre el terreno, si (a) el lugar donde se mantiene la condición es uno sobre el cual el poseedor sabe o debe saber que es probable que dichos niños entren ilegalmente, y (b) la condición es una de la cual el poseedor sabe o debería saber y que se da cuenta o debería darse cuenta de que implica un riesgo irrazonable de muerte o lesiones corporales graves para dichos niños, y ( c) los hijos debido a su juventud no descubren la condición ni se dan cuenta del riesgo que implica entrometerse en ella o entrar en el área que la misma vuelve peligrosa, y (d) la utilidad para el poseedor de mantener la condición es escasa en comparación con el riesgo para los niños pequeños involucrados en el mismo.11
Independientemente de la edad de cualquier visitante de una propiedad comercial, también se les debe advertir adecuadamente sobre cualquier condición potencialmente peligrosa en una propiedad.
En Pensilvania, si un propietario comercial u ocupante no cumplió con su deber de cuidado hacia un visitante y ese incumplimiento representó la causa inmediata de la lesión de un visitante, entonces ese propietario comercial u ocupante puede ser considerado responsable por la lesión del visitante. Por lo tanto, el visitante tendría motivos para una compensación según la ley de responsabilidad de locales del estado.
Debido a que el deber que se le debe a un visitante, permitido o no, en una propiedad comercial varía, puede resultar confuso cómo se considerará a una persona lesionada según las leyes del Estado Libre Asociado. Si se lesionó mientras se encontraba en una propiedad comercial, es fundamental que se comunique con un abogado que pueda ayudarlo a determinar sus derechos y el nivel de responsabilidad que se le debe.
Si usted o un ser querido ha sufrido una lesión mientras se encontraba en la propiedad comercial de otra persona con fines legítimos en Filadelfia o en el sur de Jersey, no encontrará mejor recurso legal que el experimentado equipo de abogados de Petrillo and Goldberg. Estamos aquí para ayudar a las víctimas de lesiones a obtener la compensación que merecen. Estamos disponibles para una consulta gratuita por teléfono al 215-486-1LAW (215-486-1529) o en nuestras oficinas de Filadelfia, Pensilvania o Pennsauken o Woodbury, Nueva Jersey.
11 Reformulación (Segunda) de Torts § 339.