{"id":2791,"date":"2020-06-26T13:00:00","date_gmt":"2020-06-26T13:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/?p=2791"},"modified":"2020-06-15T21:18:51","modified_gmt":"2020-06-15T21:18:51","slug":"las-excepciones-a-las-leyes-de-indemnizacion-laboral-de-nueva-jersey-permiten-a-los-empleados-interponer-una-demanda-por-danos-personales-contra-su-empleador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/2020\/06\/exceptions-to-the-new-jersey-workers-compensation-laws-allows-employee-to-file-a-personal-injury-lawsuit-against-employer\/","title":{"rendered":"Excepciones a las Leyes de Compensaci\u00f3n de Trabajadores de Nueva Jersey Permite al Empleado presentar una Demanda por Lesiones Personales contra el Empleador"},"content":{"rendered":"<p class=\"wp-block-paragraph\">En virtud de la <a href=\"https:\/\/www.nj.gov\/labor\/wc\/wc_index.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ley de indemnizaci\u00f3n de los trabajadores de Nueva Jersey<\/a>, el \u00fanico recurso de que dispone un empleado en caso de <a href=\"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/areas-de-practica\/accidentes-laborales\/\">lesi\u00f3n o enfermedad laboral<\/a> es <a href=\"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/areas-de-practica\/indemnizacion-por-accidente-laboral\/\">presentar una reclamaci\u00f3n de indemnizaci\u00f3n por accidente laboral<\/a>. La legislaci\u00f3n estatal elimin\u00f3 la posibilidad de que los empleados interpusieran demandas por da\u00f1os personales contra sus empleadores al establecer el procedimiento de indemnizaci\u00f3n por accidentes de trabajo. El proceso de reclamaci\u00f3n de indemnizaci\u00f3n laboral tambi\u00e9n elimina la posibilidad de que los empleados reclamen da\u00f1os y perjuicios, como el dolor y el sufrimiento. Sin embargo, si un empleado sufre una lesi\u00f3n o enfermedad en el lugar de trabajo o en el curso de su empleo debido a una conducta dolosa por parte de un empleador u otro empleado, el trabajador lesionado puede interponer una acci\u00f3n civil por sus lesiones y los da\u00f1os y perjuicios resultantes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En mayo de 2016, Michael Cupo sufri\u00f3 una ca\u00edda de metro y medio por el hueco de un ascensor mal iluminado mientras se encontraba trabajando, lo que le provoc\u00f3 una lesi\u00f3n cerebral. Entre las dem\u00e1s lesiones que sufri\u00f3 figuraban fracturas en el cr\u00e1neo, la mu\u00f1eca derecha y la cara. El accidente se produjo cuando \u00e9l y su compa\u00f1ero de trabajo empujaban unas puertas por un pasillo oscuro en un edificio cuya construcci\u00f3n estaba a punto de finalizar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cupo era jefe de seguridad en una empresa de carpinter\u00eda. Afirm\u00f3 que el jefe de obra le hab\u00eda dicho que el ascensor se manten\u00eda abierto mediante un bloque de espuma pl\u00e1stica en la primera planta de un edificio de seis pisos en una universidad de Nueva Jersey. El contratista general incumpli\u00f3 el contrato con la empresa de ascensores al no contar con un operador de ascensor en la obra. En lugar de pagar a la empresa de ascensores la tarifa por hora de un operador in situ, los trabajadores que necesitaban utilizar el ascensor ten\u00edan que forzar las puertas para poder subir. Sin saber que el ascensor estaba en la segunda planta, Cupo tir\u00f3 de la puerta y cay\u00f3 por el hueco del ascensor.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Debido a sus lesiones, Cupo recibi\u00f3 tratamiento ambulatorio durante varios meses. Aunque percibi\u00f3 prestaciones por accidente laboral, solo se le concedieron 16 000 euros en concepto de indemnizaci\u00f3n. Volvi\u00f3 al trabajo cinco semanas despu\u00e9s de la ca\u00edda, pero tuvo que jubilarse porque padec\u00eda problemas como la incapacidad para leer planos y dificultades para mantener el equilibrio. Interpuso una demanda por negligencia contra su empleador, que era el subcontratista del proyecto de construcci\u00f3n. En la demanda tambi\u00e9n se inclu\u00eda al contratista general y a la empresa propietaria del ascensor.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lleg\u00f3 a un acuerdo extrajudicial en la demanda por negligencia que interpuso contra los tres demandados. El acuerdo ascend\u00eda a tres millones de d\u00f3lares. Cada demandado pag\u00f3 una cantidad diferente del acuerdo, probablemente en funci\u00f3n de su porcentaje de responsabilidad en el accidente. El contratista general pag\u00f3 la mayor parte del acuerdo, por un importe de $1,85 millones. La empresa para la que trabajaba Cupo pag\u00f3 $900 000, mientras que la empresa de ascensores se hizo cargo de $250 000 del acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La negligencia comparativa es un concepto jur\u00eddico seg\u00fan el cual cada parte culpable de un da\u00f1o causado por negligencia debe pagar una indemnizaci\u00f3n a la persona perjudicada en funci\u00f3n de su porcentaje de responsabilidad. Por ejemplo, si dos personas causaron un accidente y una tiene un 60 % de culpa y la otra un 40 %, cada una pagar\u00e1 su porcentaje respectivo del importe total de la indemnizaci\u00f3n a la parte lesionada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, la legislaci\u00f3n de Nueva Jersey en materia de indemnizaci\u00f3n por accidentes de trabajo permite a un empleado interponer una demanda civil contra su empleador por un accidente laboral si este comete una infracci\u00f3n intencionada. Se considera que un empleador comete una infracci\u00f3n intencionada cuando:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>El empresario sabe que es pr\u00e1cticamente seguro que sus acciones causar\u00e1n lesiones o la muerte al trabajador; y<\/li><li>La lesi\u00f3n y las circunstancias que la rodearon van m\u00e1s all\u00e1 de lo que se considera parte habitual del empleo y exceden el alcance de la protecci\u00f3n que la ley de indemnizaci\u00f3n por accidentes de trabajo pretende otorgar al empresario.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el caso de Cupo, el hecho de que el contratista general creara una situaci\u00f3n en la que los trabajadores de la obra tuvieran que sujetar o hacer palanca en el ascensor para que funcionara iba a provocar, sin duda, lesiones. Las puertas del ascensor constituyen una barrera de protecci\u00f3n entre las personas y el hueco del ascensor, especialmente mientras el ascensor est\u00e1 en movimiento o parado en otra planta. Interferir en el funcionamiento normal del ascensor no es una pr\u00e1ctica habitual en el sector de la construcci\u00f3n. Adem\u00e1s, la ley no ten\u00eda por objeto proteger a los empleadores de actos intencionados que pudieran causar da\u00f1o a sus empleados. Por lo tanto, seg\u00fan la legislaci\u00f3n de Nueva Jersey, el empleador cometi\u00f3 un acto il\u00edcito intencionado, y el empleado tendr\u00eda derecho a interponer una demanda civil y solicitar una indemnizaci\u00f3n al margen del proceso de indemnizaci\u00f3n por accidente laboral.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En virtud de la Ley de Indemnizaci\u00f3n por Accidentes de Trabajo de Nueva Jersey, la \u00fanica v\u00eda de recurso de que dispone un empleado en caso de lesi\u00f3n o enfermedad relacionada con el trabajo es presentar una solicitud de indemnizaci\u00f3n por accidente de trabajo. La legislaci\u00f3n estatal elimin\u00f3 la posibilidad de que los empleados interpusieran demandas por da\u00f1os y perjuicios contra los empleadores al establecer el procedimiento de indemnizaci\u00f3n por accidente de trabajo. El procedimiento de solicitud de indemnizaci\u00f3n por accidente de trabajo tambi\u00e9n excluye la posibilidad de\u2026<\/p>","protected":false},"author":4,"featured_media":2792,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-2791","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-news"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2791","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2791"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2791\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2793,"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2791\/revisions\/2793"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2792"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2791"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2791"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.petrilloandgoldberg.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2791"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}