6 de agosto de 2026
El Tribunal Supremo de EE. UU. dictamina que NJ Transit no puede acogerse a la inmunidad soberana del Estado
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaminó por 9 votos a 0 que la New Jersey Transit Corporation (NJ Transit) no puede invocar la inmunidad soberana frente a demandas por lesiones personales – incluso cuando se presenten en otros estados. Este caso supone una victoria para las personas que han resultado lesionadas por la negligencia de NJ Transit o de sus empleados.
¿Qué es la inmunidad soberana?
“La ”inmunidad soberana» es una doctrina jurídica según la cual no se puede demandar a los gobiernos federal y estatales a menos que estos den su consentimiento. La doctrina de la inmunidad soberana protege a los gobiernos y a sus empleados frente a demandas por acciones realizadas en el ejercicio de sus funciones oficiales. Sin embargo, un estado puede renunciar a la inmunidad soberana mediante la legislación, es decir, aprobando una ley que permita a los ciudadanos demandarlo en determinadas situaciones.
En los orígenes de los Estados Unidos, los gobiernos solían ser más reducidos y se ocupaban directamente de los asuntos públicos. Sin embargo, a medida que los municipios y la población han ido creciendo, muchos gobiernos han delegado funciones que antes eran públicas a organizaciones creadas expresamente para tal fin. Este proceso sigue planteando una importante cuestión jurídica: si el gobierno crea una sociedad para llevar a cabo una tarea, ¿goza también esa sociedad de inmunidad soberana?
Para responder a esta pregunta, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos tiene en cuenta tres factores:
- ¿Se constituyó la entidad como una sociedad jurídica independiente del Estado? ¿O se trata de un departamento o organismo del Estado?
- ¿Es el Estado responsable formalmente de las decisiones, acciones y obligaciones de la entidad?
- ¿Qué grado de control ejerce el Estado sobre la entidad?
Estas tres preguntas desempeñaron un papel fundamental en la reciente resolución del Tribunal Supremo.
Galette contra New Jersey Transit Corporation
El Tribunal Supremo examinó el caso de Galette contra New Jersey Transit Corporation. Cuando este caso llegó al Tribunal, ya contaba con una larga trayectoria.
El caso se inició como dos casos independientes, cada uno de ellos relacionado con una persona atropellada por un autobús de NJ Transit. Una de las personas heridas fue atropellada en Pensilvania; la otra, en Nueva Jersey. Ambas personas demandaron a NJ Transit por negligencia. Uno de los casos se presentó ante un tribunal de Pensilvania, mientras que el otro se presentó ante un tribunal de Nueva Jersey.
En ambos casos, NJ Transit solicitó al tribunal que desestimara la demanda, alegando que gozaba de inmunidad soberana. El tribunal de Pensilvania le dio la razón. Afirmó que NJ Transit era “una rama del Estado” y, por lo tanto, gozaba de inmunidad soberana. El tribunal de Nueva Jersey, sin embargo, dictaminó lo contrario: NJ Transit no era “una rama del Estado” y, por lo tanto, podía ser demandada.
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos intervino para resolver la cuestión. En una sentencia unánime, el Tribunal dictaminó que NJ Transit no puede considerarse “una rama del Estado” con derecho a la inmunidad soberana. Tras analizar los tres factores mencionados anteriormente, el Tribunal Supremo dictaminó que:
- La estructura de NJ Transit como sociedad anónima —y no como organismo o departamento gubernamental— indicaba que podía demandar y ser demandada, al igual que cualquier empresa privada. La Ley de Reclamaciones por Daños y Perjuicios de Nueva Jersey también excluye de la definición de “estado” a aquellas entidades que puedan demandar o ser demandadas.
- Nueva Jersey no asume ninguna responsabilidad formal por las deudas o sentencias judiciales de NJ Transit. Las competencias del estado se limitan a la facultad del gobernador para nombrar o destituir a los miembros del consejo de administración de NJ Transit, y no abarcan las operaciones cotidianas de NJ Transit.
- Aunque NJ Transit recibe financiación pública, el Tribunal consideró que esto no era suficiente para que se le reconociera la inmunidad soberana. La estructura jurídica de NJ Transit tenía mayor relevancia que su fuente de financiación.
Así pues, el caso resolvió la contradicción entre las sentencias de Pensilvania y Nueva Jersey. Además, tiene importantes consecuencias para los usuarios de NJ Transit.
Qué supone este caso para los usuarios de NJ Transit
El caso del Tribunal Supremo lo deja claro: los usuarios de NJ Transit pueden reclamar una indemnización si la negligencia de NJ Transit les causa lesiones.
Por ejemplo, una persona lesionada puede reclamar una indemnización a NJ Transit si es atropellada por un vehículo de NJ Transit, sufre lesiones al subir o bajar de un autobús, sufre daños a causa de asientos rotos u otras piezas o equipos del autobús que estén averiados, y en situaciones similares. Al igual que en cualquier demanda por lesiones, un usuario de NJ Transit que haya resultado herido puede reclamar una indemnización por gastos médicos, salarios perdidos, daños y perjuicios, y otras pérdidas derivadas de un accidente. Hacer que NJ Transit rinda cuentas por su comportamiento negligente o imprudente también contribuye a proteger de posibles daños a otros viajeros, usuarios de la vía pública y miembros de la comunidad.
Las demandas por lesiones pueden ser complejas. Los casos contra NJ Transit no son una excepción. Si sufres una lesión en NJ Transit, consulta con un abogado con experiencia en lesiones personales de Nueva Jersey. El equipo de Petrillo & Goldberg puede ayudarte a proteger tus derechos legales y a conseguir una indemnización.