3 de agosto de 2021
El propietario de una constructora de Nueva Jersey se declara culpable de perjurio en relación con las lesiones laborales de sus empleados
En mayo de 2018, la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) inició una investigación sobre una empresa constructora de Nueva Jersey después de que dos empleados se cayeran a través de una claraboya en dos incidentes distintos. En dos ocasiones distintas, los empleados estaban realizando reparaciones en un granero. El techo de este tenía una claraboya que no contaba con barreras alrededor para evitar que los trabajadores caminaran sobre ella.
Ambos trabajadores sufrieron lesiones graves como consecuencia de sus caídas en el lugar de trabajo. Durante la investigación de la OSHA, el propietario prestó declaración y respondió a las preguntas bajo juramento. Afirmó que no había ordenado ni autorizado a sus empleados a trabajar en los tejados. Sin embargo, unos mensajes de texto demostraron que el propietario había indicado a un trabajador que comenzara a reparar el tejado. Por lo tanto, cometió perjurio, y el fiscal federal del Distrito de Nueva Jersey presentó cargos penales contra el propietario por proporcionar información falsa durante esta investigación federal.
El propietario de la empresa constructora se declaró culpable del delito de perjurio. A cambio de su declaración de culpabilidad, se le impuso una condena de dos años de libertad condicional y una multa de $5.500. Además, tuvo que hacer frente a varias sanciones por las infracciones cometidas en el lugar de trabajo. En un procedimiento administrativo llevado a cabo por la Comisión de Revisión de Seguridad y Salud en el Trabajo, la empresa constructora recibió sanciones por carecer de protecciones contra caídas y por deficiencias en materia de seguridad.
En empleado que haya sufrido un accidente en el lugar de trabajo o relacionado con el trabajo puede reclamar una indemnización por sus lesiones. Según la legislación de Nueva Jersey, el único recurso del empleador es presentar una reclamación de indemnización por accidente laboral. El seguro de accidentes de trabajo es un seguro sin culpa que el empresario debe contratar para cubrir a sus empleados en caso de que sufran accidentes que se produzcan como consecuencia y en el curso de su actividad laboral.
El seguro de accidentes de trabajo ofrece varias prestaciones en caso de lesiones del empleado o, en algunos casos, de fallecimiento. Entre ellas se incluyen prestaciones médicas, prestaciones por incapacidad y prestaciones por fallecimiento. El empleado recibe las prestaciones médicas, que cubren los tratamientos y los gastos.
Por lo general, un empleado lesionado no puede interponer una demanda por daños personales contra su empleador al margen del procedimiento de la División de Indemnización Laboral de Nueva Jersey. No obstante, existe una excepción que permite al empleado demandar al empleador ante un tribunal civil si el accidente laboral se produjo como consecuencia de una conducta dolosa.
Un empresario comete una infracción intencionada según la legislación sobre indemnización por accidentes de trabajo si:
- El empresario expuso deliberadamente al empleado a un riesgo muy probable de sufrir lesiones; y
- La lesión del empleado no es simplemente una consecuencia natural o previsible del trabajo
La legislación estatal y federal exige a los empleadores que proporcionen entornos laborales y de trabajo libres de peligros y riesgos que causen o puedan causar daños graves o la muerte a sus empleados. Si el mismo accidente se produjera en dos incidentes distintos en el mismo lugar de trabajo, el hecho de que el empleador no lo haya protegido o evitado que ocurriera por segunda vez podría constituir una conducta dolosa. El empleado lesionado en el segundo accidente podría interponer una demanda por daños personales para obtener una indemnización por el accidente y las lesiones. Podría reclamar una indemnización por daños económicos. También conocidos como daños especiales, los daños económicos son las pérdidas financieras de la parte lesionada. Tienen importes fijos asociados a su valor. Dichos daños incluyen la pérdida de ingresos, la pérdida de ingresos futuros, los gastos médicos, la rehabilitación y la atención médica futura.
A diferencia de una reclamación por accidente laboral, una Demanda por daños personales en Nueva Jersey permite al trabajador lesionado reclamar una indemnización por daños no económicos derivados del accidente laboral. Dado que no tienen cuantías fijas, los daños no económicos o daños generales se valoran caso por caso. Se trata de las lesiones físicas, mentales y emocionales derivadas del accidente. La parte lesionada puede sufrir daños generales tales como dolor, sufrimiento, molestias, pérdida del disfrute de la vida, pérdida de compañía o desfiguración.
En algunos litigios por daños personales, el demandante puede obtener una indemnización por daños punitivos. En un litigio por accidente laboral, el trabajador lesionado debe demostrar que su accidente y sus lesiones se deben a los actos u omisiones del empresario. Además, el trabajador debe demostrar que el empleador ignoró de forma maliciosa o deliberada el hecho de que sus actos u omisiones pudieran causar daño a sus empleados. El juez o el jurado tienen en cuenta todas las pruebas, incluyendo factores tales como:
- La probabilidad, en el momento del accidente, de que la conducta del empresario causara un daño grave;
- La conducta del empresario una vez que tuvo conocimiento de que sus medidas iniciales probablemente causarían perjuicio a sus empleados
- ¿Durante cuánto tiempo mantuvo el empleador esa conducta?
Nueva Jersey limita el importe de la indemnización por daños punitivos que puede recibir un demandante. Las indemnizaciones por daños punitivos no pueden superar el mayor de los siguientes importes: cinco veces el total combinado de los daños económicos y no económicos, o $350 000. Las indemnizaciones por daños punitivos tienen por objeto sancionar a la parte culpable y disuadir de acciones iguales o similares en el futuro.