Blog Petrillo & Goldberg Law

abogado de accidentes de trabajo

25 de noviembre de 2019

Los primeros intervinientes, entre los heridos en un accidente múltiple en Nueva Jersey

Un camión volquete atropelló a dos agentes de la policía estatal que se encontraban en el lugar de un accidente de tráfico. El incidente provocó una reacción en cadena que causó heridas a cinco bomberos y tres agentes de la policía estatal. El accidente provocó daños en al menos una docena de vehículos, entre ellos una ambulancia, un camión de bomberos, todoterrenos de la policía estatal y un camión de comida.

El accidente pone de manifiesto los peligros a los que se enfrentan tanto los conductores en las autopistas como el personal de emergencia que acude al lugar de los accidentes. Por ello, muchas de las lesiones derivadas de accidentes en autopistas están cubiertas por el seguro de accidentes de trabajo. La indemnización por accidente laboral cubre a los primeros intervinientes que resulten heridos mientras desempeñan sus funciones. La indemnización por accidente laboral también cubre a otros conductores que actúen en el ámbito de su empleo en el momento del accidente, como camioneros, taxistas, conductores de autobús y otras personas que viajen por motivos de trabajo.

Los conductores que se encuentren en el ámbito de su trabajo no tienen que demostrar la culpa para obtener una indemnización por accidente laboral de sus empleadores. Por ejemplo, el conductor del camión volquete puede obtener una indemnización por accidente laboral por sus lesiones, incluso si fue él quien provocó el accidente.

La indemnización a la que tiene derecho un empleado que actúa en el ámbito de su trabajo difiere de la indemnización que perciben otras personas en los accidentes de tráfico. Al empleado se le cubren los gastos médicos y se le abona un porcentaje de su salario semanal si no puede trabajar. El empleado no recibe la totalidad de los salarios perdidos ni indemnización alguna por daños y perjuicios por daños morales.

¿Lo hiciste? sufrir una lesión mientras se viaja por motivos de trabajo¿Podría tener derecho a prestaciones de compensación a los trabajadores. Habla con un abogado laboralista en Petrillo y Goldberg en 856.249.9295.