Preguntas frecuentes
Si ha sufrido lesiones, permítanos ayudarle a luchar por su indemnización.
Tras un accidente de trabajo, ¿está obligado el empresario de Nueva Jersey a pagar los gastos de transporte de ida y vuelta al médico?
No. Ley de compensación de los trabajadores de Nueva Jersey no prevé el pago de los gastos de transporte de ida y vuelta al médico. Asimismo, la ley no prevé el reembolso del kilometraje. Si se muda fuera del estado y tiene que regresar a Nueva Jersey para someterse a un examen médico independiente, su empleador no tiene que pagarle el billete de avión, reembolsarle los gastos de viaje ni abonarle el kilometraje.
Aunque no es obligatorio, su empresa puede encargarse de su transporte a las citas con el médico o a las sesiones de fisioterapia. Esto puede ser especialmente útil si, por ejemplo, tiene restricciones para conducir. debido a su lesión. Su empresa se beneficia si puede acudir a las citas, ya que el tiempo de recuperación será menor. Sin embargo, la empresa no está obligada a concertar estas citas, y usted es responsable de ir y volver de ellas.