Preguntas frecuentes

Si ha sufrido lesiones, permítanos ayudarle a luchar por su indemnización.

¿Qué prestaciones percibo mientras percibo una indemnización por accidente de trabajo?

Después de un lesión o enfermedad laboral, un trabajador puede tener gastos médicos. Las facturas médicas derivadas de tratamientos, medicamentos, dispositivos o equipos pueden ser caras y seguir aumentando a lo largo de la lesión o enfermedad. El trabajador también puede verse incapacitado para trabajar. La incapacidad laboral se convierte en una dificultad financiera y puede afectar emocionalmente al empleado lesionado.

De conformidad con la Ley de Compensación de Trabajadores de Nueva Jersey, un el trabajador puede presentar una reclamación de indemnización para recibir prestaciones para cubrir sus facturas médicas, así como una indemnización salarial mientras esté de baja. Las prestaciones incluyen:

  • Prestaciones médicas
  • Prestaciones por incapacidad temporal total (ITT)
  • Prestaciones por incapacidad permanente total (IPT)
  • Prestaciones por incapacidad permanente parcial (PPD)

Las prestaciones médicas cubren los gastos médicos razonables y necesarios del trabajador. Un empleado puede recibir prestaciones TTD cuando está incapacitado y no puede trabajar durante más de siete días. También debe permanecer activamente bajo los cuidados de un médico. Las prestaciones PTD se conceden en función del porcentaje de pérdida programada o no programada del trabajador lesionado. Una pérdida programada es una pérdida que afecta a los brazos, manos, piernas, dedos de los pies, ojos, nariz, dedos, o los dientes. Todas las demás partes del cuerpo o sistemas internos se consideran pérdidas no programadas. Si la lesión o enfermedad que sufre el trabajador le impide ser empleable, puede tener derecho a las prestaciones PPD.

Otras preguntas frecuentes