
Si me lesiono en el trabajo, ¿tengo que acudir a los médicos de la empresa?
En Nueva Jersey y Pensilvania, si te lesionas en el trabajo, tiene derecho a buscar tratamiento médico para sus lesiones. Sin embargo, los requisitos específicos para el tratamiento médico varían entre los dos estados.
Como cuestión inicial, cada vez que esté involucrado en un accidente laboral o lesionado en su lugar de trabajo, es fundamental que notifique de inmediato a su empleador y/o supervisor sobre el incidente para que quede debidamente documentado. En segundo lugar, y aquí es donde las cosas pueden ponerse difíciles, debe solicitar tratamiento médico.
New Jersey.
En Nueva Jersey, los trabajadores lesionados generalmente deben recibir tratamiento médico de cualquier proveedor de atención médica designado por el empleador y/o autorizado por su compañía de seguros. Por lo general, estos proveedores están en las redes de la empresa. Si bien se supone que estos médicos deben realizar exámenes y evaluaciones "independientes", es importante recordar que fueron elegidos por el empleador (o su compañía de seguros).
Dado que el empleador puede elegir al médico tratante, el ajustador de la compañía de seguros debe aprobar cualquier prueba o tratamiento que el médico prescriba (es decir, medicación, pruebas, procedimientos, etc.). Si la aseguradora no aprueba lo que prescribe el médico tratante, su abogado puede presentar una moción ante el tribunal para exigir que la aseguradora dé su aprobación.
Si no está satisfecho con la atención que recibe del médico de la compañía, porque no se está recuperando, no se ha curado lo suficiente o cree que autorizó prematuramente su regreso al trabajo, es posible que pueda buscar tratamiento de otro proveedor de atención médica. Su abogado puede ayudarlo a proteger sus derechos, entre otras cosas, solicitando un examen por otro médico.
Pensilvania.
En Pensilvania, bajo circunstancias específicas, usted tiene derecho a elegir a su médico tratante. Sin embargo, siempre que su empleador cumpla con ciertos requisitos, debe ver a un médico elegido por la empresa. Según lo declarado por la Oficina de Compensación para Trabajadores del Departamento de Trabajo e Industria de Pensilvania,
Usted es libre de elegir su propio proveedor de atención médica para tratar su lesión laboral, a menos que el empleador acepte su reclamo y haya publicado en su lugar de trabajo una lista de seis o más médicos o proveedores de atención médica. Debe visitar a un proveedor de la lista para el tratamiento inicial. Debe continuar el tratamiento con ese proveedor u otro de la lista durante un período de 90 días después de la primera visita. Puede consultar a cualquier proveedor de la lista; es posible que su empleador no requiera ni lo remita a ningún proveedor específico de la lista.
Si durante el período de 90 días visita a un proveedor que no está en la lista, su empleador o la aseguradora de su empleador pueden negarse a pagar dicho tratamiento. Después de los 90 días, y en situaciones en las que su empleador no tenga una lista publicada o una lista incorrecta, puede buscar tratamiento con cualquier médico u otro proveedor de atención médica que seleccione. Debe notificar a su empleador sobre el proveedor que ha seleccionado. Durante el tratamiento, el empleador o la aseguradora del empleador tiene derecho a recibir informes mensuales de su médico o proveedor.
Oficina de Compensación para Trabajadores del Departamento de Trabajo e Industria de Pensilvania, https://www.dli.pa.gov/Individuals/Workers-Compensation/publications/Documents/libc-100.pdf
Es importante comprender que una vez que comience a recibir los beneficios de compensación para trabajadores, el empleador y/o su compañía de seguros pueden solicitar que vea a uno de "sus" médicos para un examen. El empleador puede acudir a los tribunales para obligarte a ir a este examen si te niegas. En última instancia, si no se presenta al examen, es posible que se suspendan sus beneficios.
En cualquiera de los estados, si busca tratamiento médico de un proveedor fuera del sistema de compensación para trabajadores, es posible que su empleador o su compañía de seguros no estén obligados a pagar sus gastos médicos.
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